CPE

Artículo 406.

Texto Legal

El Estado regulará la conservación, manejo y uso sustentable, recuperación, y limitaciones de dominio de los ecosistemas frágiles y amenazados; entre otros, los páramos, humedales, bosques nublados, bosques tropicales secos y húmedos y manglares, ecosistemas marinos y marinos-costeros.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 406 del CPE?

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