CPE

Artículo 70.

Texto Legal

El Estado formulará y ejecutará políticas para alcanzar la igualdad entre mujeres y hombres, a través del mecanismo especializado de acuerdo con la ley, e incorporará el enfoque de género en planes y programas, y brindará asistencia técnica para su obligatoria aplicación en el sector público. Capítulo séptimo Derechos de la naturaleza

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 70 del CPE?

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