CE

Artículo 46. Artículo 46

Texto Legal

Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 46 del CE?

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