Constitucion

Artículo 196.

Texto Legal

- Requisitos para ser ministro de Estado. Para ser ministro de Estado se requiere: Ser guatemalteco; Hallarse en el goce de los derechos de ciudadanos; y Ser mayor de treinta años.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 196 del Constitucion?

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