Constitucion

Artículo 57.

Texto Legal

- Derecho a la cultura. Toda persona tiene derecho a participar libremente en la vida cultural y artística de la comunidad, así como a beneficiarse del progreso científico y tecnológico de la Nación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 57 del Constitucion?

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