Constitucion

Artículo 165.

Texto Legal

La ley garantiza a los profesionales en ejercicio de la docencia su estabilidad en el trabajo, un nivel de vida acorde con su elevada mision y una jubilacion justa. Se emitira el correspondiente Estatuto del Docente Hondureno.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 165 del Constitucion?

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