Cuando un tratado internacional afecte una disposicion constitucional, debe ser aprobado por el mismo procedimiento que rige la reforma de la Constitucion ,de igual manera el precepto constitucional afectado debe ser modificado por el mismo procedimiento, antes de ser ratificado el Tratado por el Poder Ejecutivo.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo