Constitucion

Artículo 171.

Texto Legal

La educacion impartida oficialmente sera gratuita y la basica sera ademas, obligatoria y totalmente costeada por el Estado. El Estado establecera los mecanismos de compulsion para hacer efectiva esta disposicion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 171 del Constitucion?

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