Constitucion

Artículo 347.

Texto Legal

La produccion agropecuaria debe orientarse preferentemente a la satisfaccion de las necesidades alimentarias de la poblacion hondurena, dentro de una politica de abastecimiento adecuado y precios justos para el productor y el consumidor.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 347 del Constitucion?

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