No se ejercera violencia ni coaccion de ninguna clase sobre las personas para forzarlas a declarar. Nadie puede ser obligado en asunto penal, disciplinario o de policia, a declarar contra si mismo, contra su conyuge o companero de hogar, ni contra sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad. Solo hara prueba la declaracion rendida ante juez competente. Toda declaracion obtenida con infraccion de cualquiera de estas disposiciones, es nula y los responsables incurriran en las penas que establezca la ley.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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