Los servidores públicos no podrán percibir dos o más sueldos pagados por el estado, salvo los casos especiales que determine la Ley, ni desempeñar puestos con jornadas simultáneas de trabajo. Las jubilaciones de los servidores públicos se fundarán en estudios actuariales y proporciones presupuestarias razonables.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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