CPE

Artículo 58.

Texto Legal

El Estado velará por el mejoramiento social y económico de la familia y organizará el patrimonio familiar determinando la naturaleza y cuantía de los bienes que deben constituirlo, sobre la base de que es inalienable e inembargable.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 58 del CPE?

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