CP-PE

Artículo 11 E. Acceso a prestaciones de salud

El Estado garantiza el libre acceso a prestaciones de salud y pensiones, supervisando su funcionamiento. Este artículo refuerza el derecho a la salud.

prestacionessaludpensiones

Texto Legal

l Estado garantiza el libre acceso a prestaciones de salud y a pensiones, a través de entidades públicas, privadas o mixtas. Supervisa asimismo su eficaz funcionamiento. La ley establece la entidad del Gobierno Nacional que administra los regímenes de pensiones a cargo del Estado. (* P rrafo agregado por Ley N 28.389 del 17 de noviembre de 2004)

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las entidades deben asegurarse de cumplir con las normativas de acceso a servicios de salud para evitar demandas y sanciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 11 E del CP-PE?

El Estado garantiza el libre acceso a prestaciones de salud y pensiones, supervisando su funcionamiento. Este artículo refuerza el derecho a la salud.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 11 E de la CP-PE?

Las entidades deben asegurarse de cumplir con las normativas de acceso a servicios de salud para evitar demandas y sanciones.

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