CP-PE

Artículo 119 L. Artículo 119 L

Texto Legal

a dirección y la gestión de los servicios públicos están confiadas al Consejo de Ministros; y a cada ministro en los asuntos que competen a la cartera a su cargo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 119 L del CP-PE?

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