Los órganos jurisdiccionales examinan la razonabilidad de las acciones que restringen derechos durante estados de emergencia, sin cuestionar la declaración de estos estados.
e la Constitución. Cuando se interponen acciones de esta naturaleza en relación con derechos restringidos o suspendidos, el órgano jurisdiccional competente examina la razonabilidad y la proporcionalidad del acto restrictivo. No corresponde al juez cuestionar la declaración del estado de emergencia ni de sitio
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo resalta la importancia de la legalidad en la restricción de derechos, lo que puede ser relevante para empresas que operan en contextos de emergencia.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo