CP-PE

Artículo 23 E. Proteccion del trabajo

El Estado prioriza la proteccion del trabajo, especialmente para grupos vulnerables. Se promueven condiciones para el progreso social y economico.

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Texto Legal

l trabajo, en sus diversas modalidades, es objeto de atención prioritaria del Estado, el cual protege especialmente a la madre, al menor de edad y al impedido que trabajan. El Estado promueve condiciones para el progreso social y económico, en especial mediante políticas de fomento del empleo productivo y de educación para el trabajo. Ninguna relación laboral puede limitar el ejercicio de los derechos constitucionales, ni desconocer o rebajar la dignidad del trabajador. Nadie está obligado a prestar trabajo sin retribución o sin su libre consentimiento.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las empresas deben implementar politicas que protejan a los trabajadores, ya que el incumplimiento puede resultar en sanciones y demandas laborales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 23 E del CP-PE?

El Estado prioriza la proteccion del trabajo, especialmente para grupos vulnerables. Se promueven condiciones para el progreso social y economico.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 23 E de la CP-PE?

Las empresas deben implementar politicas que protejan a los trabajadores, ya que el incumplimiento puede resultar en sanciones y demandas laborales.

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