CP-PE

Artículo 50 D. Artículo 50 D

Texto Legal

entro de un régimen de independencia y autonomía, el Estado reconoce a la Iglesia Católica como elemento importante en la formación histórica, cultural y moral del Perú, y le presta su colaboración. El Estado respeta otras confesiones y puede establecer formas de colaboración con ellas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 50 D del CP-PE?

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