Constitucion

Artículo 176.

Texto Legal

DE LA POLITICA ECONOMICA Y DE LA PROMOCION DEL DESARROLLO La política económica tendrá como fines, fundamentalmente, la promoción del desarrollo económico, social y cultural. El Estado promoverá el desarrollo económico mediante la utilización racional de los recursos disponibles, con el objeto de impulsar un crecimiento ordenado y sostenido de la economía, de crear nuevas fuentes de trabajo y de riqueza, de acrecentar el patrimonio nacional y de asegurar el bienestar de la población. El desarrollo se fomentará con programas globales que coordinen y orienten la actividad económica nacional.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 176 del Constitucion?

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