DE LOS DEBERES Y DE LAS ATRIBUCIONES Son deberes y atribuciones del procurador General de la República: representar y defender, judicial o extrajudicialmente los intereses patrimoniales de la República; dictaminar en los casos y con los efectos señalados en las leyes; asesorar jurídicamente a la Administración Pública en la forma que determine la ley, y los demás deberes y atribuciones que fije la ley. CAPÍTULO III DEL PODER JUDICIAL SECCIÓN I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo