DE LA FORMA DE LOS JUICIOS Los juicios podrán ser orales y públicos, en la forma y en la medida que la ley determine. Toda sentencia judicial debe estar fundada en esta Constitución y en la ley. La crítica a los fallos es libre. El proceso laboral será total y estará basado en los principios de inmediatez, economía y concentración.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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