Constitucion

Artículo 287.

Texto Legal

DE LA ORGANIZACIÓN Y DEL FUNCIONAMIENTO La ley regulará la organización y funcionamiento de la Banca Central del Estado, dentro de las limitaciones previstas en esta Constitución. La Banca Central del Estado rendirá cuentas al Poder Ejecutivo y al Congreso Nacional sobre la ejecución de las políticas a su cargo. TÍTULO III DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 287 del Constitucion?

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