Constitucion

Artículo 51.

Texto Legal

DEL MATRIMONIO Y DE LOS EFECTOS DE LAS UNIONES DE HECHO La ley establecerá las formalidades para la celebración del matrimonio entre el hombre y la mujer, los requisitos para contraerlo, las causas de separación, de disolución y sus efectos, así como el régimen de administración de bienes y otros derechos y obligaciones entre cónyuges. Las uniones de hecho entre el hombre y la mujer, sin impedimentos legales para contraer matrimonio, que reúnan las condiciones de estabilidad y singularidad, producen efectos similares al matrimonio, dentro de las condiciones que establezca la ley.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 51 del Constitucion?

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