Constitucion

Artículo 2.

Texto Legal

- Toda persona tiene derecho a la vida, a la integridad fisica y moral, a la libertad, a la seguridad, al trabajo, a la propiedad y posesion, y a ser protegida en la conservacion y defensa de los mismos. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Se establece la indemnizacion, conforme a la ley, por danos de caracter moral.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2 del Constitucion?

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