Constitucion

Artículo 223.

Texto Legal

- Forman la Hacienda Publica: 1 .-Sus fondos y valores liquidos; 2 .-Sus creditos activos; 3 .-Sus bienes muebles y raices; 4 .-Los derechos derivados de la aplicacion de las leyes relativas a impuestos; tasas y demas contribuciones, asi como los que por cualquier otro titulo le correspondan. Son obligaciones a cargo de la Hacienda Publica, las deudas reconocidas y las que tengan origen en los gastos publicos debidamente autorizados.

Preguntas Frecuentes

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