Constitucion

Artículo 37.

Texto Legal

- El trabajo es una funcion social, goza de la proteccion del Estado, y no se considera articulo de comercio. El Estado empleara todos los recursos que esten a su alcance para proporcionar ocupacion al trabajador, manual o intelectual, y para asegurar a el y a su familia las condiciones economicas de una existencia digna. De igual forma promovera el trabajo y empleo de las personas con limitaciones o incapacidades fisicas, mentales o sociales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 37 del Constitucion?

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