CPEUM

Artículo 4. Igualdad de genero y derechos sociales

Establece la igualdad entre el varon y la mujer. Reconoce el derecho a la alimentacion, salud, medio ambiente, vivienda, identidad y cultura fisica y deporte.

igualdadgenerosaludviviendaderechos socialesfamilia

Texto Legal

Articulo 4 — Igualdad de Genero y Derechos Sociales

La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Esta protegera la organizacion y el desarrollo de la familia.

Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el numero y el espaciamiento de sus hijos.

Derechos Reconocidos

- Alimentacion nutritiva — Toda persona tiene derecho a la alimentacion nutritiva, suficiente y de calidad
- Salud — Toda persona tiene derecho a la proteccion de la salud
- Medio ambiente — Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar
- Agua — Toda persona tiene derecho al acceso, disposicion y saneamiento de agua para consumo personal y domestico
- Vivienda — Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa
- Identidad — Toda persona tiene derecho a la identidad y a ser registrada de manera inmediata a su nacimiento
- Cultura fisica y deporte — Toda persona tiene derecho a la cultura fisica y a la practica del deporte

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los derechos sociales consagrados en este articulo fundamentan diversas obligaciones patronales con impacto fiscal, como las aportaciones al IMSS, Infonavit y fondos de ahorro para el retiro. SDV asesora a empleadores en el correcto cumplimiento de estas cargas sociales que representan un costo significativo adicional a los salarios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 4 del CPEUM?

Establece la igualdad entre el varon y la mujer. Reconoce el derecho a la alimentacion, salud, medio ambiente, vivienda, identidad y cultura fisica y deporte.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 4 de la Constitucion Politica?

Los derechos sociales consagrados en este articulo fundamentan diversas obligaciones patronales con impacto fiscal, como las aportaciones al IMSS, Infonavit y fondos de ahorro para el retiro. SDV asesora a empleadores en el correcto cumplimiento de estas cargas sociales que representan un costo significativo adicional a los salarios.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 4 del CPEUM?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 4 CPEUM desde tu celular