CNV SAT

Artículo 2/ISR/NV. Pagos a partes relacionadas en el extranjero sin sustancia economica

Se considera indebido realizar pagos por servicios, regalias o intereses a partes relacionadas residentes en el extranjero cuando no existe sustancia economica real ni se demuestra que los precios son de mercado.

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Texto Legal

Criterio 2/ISR/NV - Pagos a partes relacionadas en el extranjero sin sustancia economica

Practica considerada indebida

Realizar pagos por concepto de servicios intragrupo, regalias, asistencia tecnica o intereses a partes relacionadas residentes en el extranjero, cuando dichas operaciones carecen de sustancia economica y tienen como finalidad principal erosionar la base gravable en Mexico.

Descripcion del esquema

El contribuyente mexicano realiza pagos al extranjero por conceptos como servicios de gestion, regalias por uso de marca o know-how, o intereses por prestamos intragrupo, a precios superiores a los de mercado. La entidad receptora en el extranjero se encuentra en una jurisdiccion de baja o nula imposicion, y carece de personal, oficinas o capacidad real para prestar los servicios facturados.

Fundamento legal

- Articulos 27 fraccion XIII, 76 fracciones IX y XII, 179 y 180 de la Ley del ISR
- Articulos 11 y 12 de la Ley del ISR (establecimiento permanente)
- Guias OCDE sobre Precios de Transferencia
- Articulo 5-A del CFF (razon de negocios y beneficio economico)

Consecuencias

- Rechazo de la deduccion: Los pagos se consideran no deducibles si no se acredita la sustancia economica.
- Ajuste de precios de transferencia: El SAT puede ajustar el monto deducible al precio de mercado.
- Retencion omitida: Si se determina que la retencion de ISR fue insuficiente, se generan creditos fiscales con accesorios.
- Multas: Del 55% al 75% sobre la contribucion omitida. En caso de simulacion, se puede configurar defraudacion fiscal calificada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

RIESGO ALTO. SDV recomienda a sus clientes que toda operacion intercompany internacional cuente con estudio de precios de transferencia actualizado y que se documente la sustancia economica del prestador extranjero. Las reformas BEPS de la OCDE han reforzado la capacidad del SAT para intercambiar informacion con otras jurisdicciones. Es indispensable contar con documentacion comprobatoria local y master file.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2/ISR/NV del CNV SAT?

Se considera indebido realizar pagos por servicios, regalias o intereses a partes relacionadas residentes en el extranjero cuando no existe sustancia economica real ni se demuestra que los precios son de mercado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2/ISR/NV de la Criterios No Vinculativos SAT?

RIESGO ALTO. SDV recomienda a sus clientes que toda operacion intercompany internacional cuente con estudio de precios de transferencia actualizado y que se documente la sustancia economica del prestador extranjero. Las reformas BEPS de la OCDE han reforzado la capacidad del SAT para intercambiar informacion con otras jurisdicciones. Es indispensable contar con documentacion comprobatoria local y master file.

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