CNV SAT

Artículo 7/IVA/NV. No traslado del IVA en servicios digitales de plataformas extranjeras

Se considera indebido que residentes en el extranjero que prestan servicios digitales en Mexico no cobren ni enteren el IVA correspondiente, o que contribuyentes nacionales no lo retengan.

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Texto Legal

Criterio 7/IVA/NV - IVA en servicios digitales de plataformas extranjeras

Practica considerada indebida

Que las plataformas digitales extranjeras que prestan servicios en territorio nacional no se registren ante el SAT ni trasladen el IVA al consumidor mexicano. Asimismo, que los contribuyentes personas morales que adquieren servicios digitales del extranjero no retengan el IVA correspondiente.

Descripcion del esquema

Plataformas digitales extranjeras prestan servicios de streaming, software as a service (SaaS), almacenamiento en la nube, publicidad digital u otros servicios digitales a usuarios en Mexico sin trasladar el IVA del 16%. Empresas mexicanas adquieren estos servicios sin realizar la retencion del IVA aplicable a la importacion de servicios.

Fundamento legal

- Articulo 18-B de la Ley del IVA (servicios digitales)
- Articulos 18-D y 18-J de la Ley del IVA (obligaciones de plataformas digitales)
- Articulo 1-A fraccion III de la Ley del IVA (retencion por importacion de servicios)

Consecuencias

- IVA omitido: Se determina el IVA no retenido ni enterado.
- Bloqueo de acceso: Las plataformas no registradas pueden ser bloqueadas por los concesionarios de internet.
- No deducibilidad: Los pagos por servicios digitales sin CFDI no son deducibles para ISR.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

RIESGO MEDIO. Desde 2020, las plataformas digitales extranjeras deben registrarse ante el SAT y cobrar IVA. SDV recomienda a empresas que contratan SaaS, licencias de software o publicidad digital del extranjero verificar si el proveedor esta registrado y, en caso contrario, realizar la retencion del IVA. La omision puede generar contingencias fiscales significativas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 7/IVA/NV del CNV SAT?

Se considera indebido que residentes en el extranjero que prestan servicios digitales en Mexico no cobren ni enteren el IVA correspondiente, o que contribuyentes nacionales no lo retengan.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 7/IVA/NV de la Criterios No Vinculativos SAT?

RIESGO MEDIO. Desde 2020, las plataformas digitales extranjeras deben registrarse ante el SAT y cobrar IVA. SDV recomienda a empresas que contratan SaaS, licencias de software o publicidad digital del extranjero verificar si el proveedor esta registrado y, en caso contrario, realizar la retencion del IVA. La omision puede generar contingencias fiscales significativas.

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