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Artículo 11/ISR/N. Deduccion de cuentas incobrables y perdidas por creditos

El SAT establece los requisitos y el momento en que procede la deduccion de cuentas incobrables, incluyendo los plazos de prescripcion, la notoria imposibilidad practica de cobro y la documentacion requerida.

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Texto Legal

Criterio 11/ISR/N - Cuentas incobrables

Interpretacion normativa

El articulo 27, fraccion XV de la Ley del ISR establece las condiciones bajo las cuales las perdidas por creditos incobrables son deducibles. El SAT interpreta que la deduccion solo procede cuando se actualice alguno de los supuestos especificos previstos en la ley y no por el simple reconocimiento contable de la incobrabilidad.

Fundamento legal

- Articulo 27, fraccion XV de la Ley del ISR
- Articulo 44 del Reglamento de la Ley del ISR
- Regla 3.3.1.5 de la Resolucion Miscelanea Fiscal 2026

Supuestos de deduccion

Las cuentas incobrables son deducibles cuando: (1) Se consuma el plazo de prescripcion del derecho de cobro. (2) Exista notoria imposibilidad practica de cobro (creditos cuyo monto no exceda de 30,000 UDIS y hayan transcurrido 12 meses desde la fecha de vencimiento sin que el deudor haya pagado, o creditos superiores cuando el acreedor haya demandado judicialmente el pago o la quiebra del deudor). (3) Los creditos sean menores a 5,000 UDIS y se cumpla un plazo de un ano sin pago.

Momento de la deduccion

La deduccion se aplica en el ejercicio en que se actualice el supuesto de incobrabilidad. No procede anticipar la deduccion por mera provision contable ni diferirla a ejercicios posteriores. Si el credito fue deducido y posteriormente se cobra, el monto cobrado debe acumularse como ingreso en el ejercicio de cobro.

Documentacion requerida

El contribuyente debe conservar la documentacion que acredite la incobrabilidad: contrato o titulo de credito, estados de cuenta que evidencien la falta de pago, demanda judicial (cuando aplique), constancias de la etapa procesal, y evidencia de las gestiones de cobro realizadas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: La deduccion de cuentas incobrables requiere cumplir supuestos especificos que van mas alla de la simple provision contable. Es un error comun deducir la cuenta por la mera antiguedad del saldo sin verificar que se haya actualizado alguno de los supuestos legales. Recomendamos documentar todas las gestiones de cobro realizadas, iniciar acciones judiciales cuando sea necesario segun el monto, y conservar la evidencia durante al menos cinco anos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 11/ISR/N del CN SAT?

El SAT establece los requisitos y el momento en que procede la deduccion de cuentas incobrables, incluyendo los plazos de prescripcion, la notoria imposibilidad practica de cobro y la documentacion requerida.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 11/ISR/N de la Criterios Normativos SAT?

SDV Asesores: La deduccion de cuentas incobrables requiere cumplir supuestos especificos que van mas alla de la simple provision contable. Es un error comun deducir la cuenta por la mera antiguedad del saldo sin verificar que se haya actualizado alguno de los supuestos legales. Recomendamos documentar todas las gestiones de cobro realizadas, iniciar acciones judiciales cuando sea necesario segun el monto, y conservar la evidencia durante al menos cinco anos.

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