D486CAN

Artículo Artículo 231. Artículo 231

Texto Legal

La información relativa a los recursos genéticos o a los conocimientos colectivos de las comunidades indígenas, afroamericanas o locales no podrá ser considerada como secreto empresarial cuando dicha información sea necesaria para la protección de dichos recursos o conocimientos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo Artículo 231 del D486CAN?

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