D486CAN

Artículo Artículo 55. Artículo 55

Texto Legal

La renuncia a una patente surtirá efectos desde la fecha de su presentación ante la oficina nacional competente. La renuncia no podrá perjudicar los derechos de terceros inscritos ante la oficina nacional competente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo Artículo 55 del D486CAN?

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