MANUAL General de Organización del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos 2025. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional para la Educación de los Adultos. Armando Contreras Castillo, Director General del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, con fundamento en lo dispuesto por los artículos, 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 59 fracción III, de la Ley Federal de las Entidades Paraestata
MANUAL General de Organización del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos 2025. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional para la Educación de los Adultos. Armando Contreras Castillo, Director General del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, con fundamento en lo dispuesto por los artículos, 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 59 fracción III, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y 16 fracción VII, del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, he tenido a bien expedir el siguiente: MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN DEL INEA
INDICE 1. Introducción 2. Glosario 3. Antecedentes 4. Misión, Visión y Objetivos 5. Marco Jurídico 6. Atribuciones del INEA 7. Organigrama General y Estructura Orgánica 8. Facultades y Funciones 1. Dirección General 1.0.1. Subdirección de Estrategia Institucional 1.1. Dirección Académica 1.2. Dirección de Prospectiva, Acreditación y Evaluación 1.3. Dirección de Concertación, Difusión y Asuntos Internacionales 1.4. Dirección de Operación 1.5. Dirección de Asuntos Jurídicos 1.6. Unidad de Administración y Finanzas 1.0.2. Unidad de Operación en la Ciudad de México y Nuevo León INTRODUCCIÓN El presente Manual General de Organización, contiene información actualizada respecto de las funciones de las Unidades Administrativas y de las Unidades de Operación que constituyen el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA), y que se retoman del Estatuto Orgánico, en el que se establece que las Unidades Administrativas cuentan con atribuciones normativas, de coordinación, planeación, asesoría, ejecución, evaluación y control, así como que las Unidades de Operación son las responsables de los servicios educativos en las Entidades Federativas donde se establecen. Con la expedición del Manual General de Organización, se cumple lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. El Manual incluye introducción, glosario, reseña histórica, misión, visión, objetivo general, objetivos específicos, marco jurídico, atribuciones y facultades generales del INEA, la estructura funcional del Instituto, así como los objetivos y funciones de cada Unidad Administrativa hasta nivel de jefatura de departamento y de las Unidades de Operación hasta nivel de coordinación de zona, éstas últimas con organigrama y funciones tipo. El documento facilita la visión integral del INEA, toda vez que describe la participación de las Unidades Administrativas y de las Unidades de Operación en la Ciudad de México y Nuevo León. Finalmente, se incluyen los organigramas, que sustentan de forma esquemática la jerarquía, el tramo de control de responsabilidad y la identificación de cada puesto, un glosario de términos para facilitar la lectura y comprensión del Manual. 1. GLOSARIO Término Definición Alianzas Estratégicas Son un instrumento para potencializar la atención educativa que ofrece el INEA, dirigida a los distintos sectores de la población, permitiendo llegar a más personas y en un mayor número de lugares, por ello, tienen la característica de ser instrumentos de coordinación capaces de desarrollar estructuras de cooperación y procesos participativos con miras a fortalecer espacios de aprendizaje inclusivo, orientados a las familias y las comunidades que propicien el aprendizaje en y para el trabajo, haciendo hincapié en el uso de las tecnologías digitales y promoviendo una cultura de la educación a lo largo de la vida. Certificado de Estudios Documento oficial válido en los Estados Unidos Mexicanos que no requiere trámites adicionales de legalización, diseñado por la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación de la Secretaría de Educación Pública (SEP) y que el INEA, Instituto Estatal de Educación para Adultos (IEEA) y Unidades de Operación (UO), expiden a personas educandas que concluyeron satisfactoriamente los estudios correspondientes en primaria o secundaria conforme al esquema curricular vigente. Constancia de Alfabetización Documento expedido por el INEA a través de los IEEA o las UO del INEA, en el cual se reconoce que la persona educanda se encuentra alfabetizada de conformidad con el esquema curricular vigente. Círculo de estudio Grupo de personas educandas que se reúnen para recibir los servicios educativos que coordina el INEA con los IEEA, UO del INEA y Plazas Comunitarias en el Exterior. Colegio de Directoras y Directores Generales de los Institutos Estatales y Titulares de las Unidades de Operación del INEA Instancia de consulta y apoyo del Instituto integrado por el Director o Directora General, quien lo preside, los y las Titulares de los Institutos Estatales de Educación para Adultos y los y las Titulares de las Unidades de Operación, cuya finalidad es coadyuvar al fortalecimiento de la función social educativa, elevar la calidad de la educación para adultos, ampliar la cobertura de este servicio público y abatir el rezago educativo en el país. Coordinación de Zona (CZ) Unidad Administrativa Institucional de los IEEA o las UO del INEA, responsable de coordinar las acciones y ejecutar los programas para atender el rezago educativo dentro de un ámbito territorial específico.. INEA Instituto Nacional para la Educación de los Adultos. Es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, agrupado en sector coordinado por la Secretaría de Educación Pública, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con domicilio en la Ciudad de México, que tiene por objeto promover y realizar acciones para organizar e impartir la educación para adultos, a través de la prestación de los servicios de alfabetización, educación primaria, secundaria, la formación para el trabajo y los demás que determinen las disposiciones jurídicas y los programas aplicables apoyándose en la participación y solidaridad social. Junta de Gobierno Es el máximo órgano de autoridad del INEA; se integra conforme se señala en el Decreto del INEA y le corresponden las atribuciones que se establecen en el artículo 58 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, así como las previstas en el artículo 13 del DECRETO por el que se reforma el diverso por el que se crea el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de agosto del año 2012. MIR Matriz de Indicadores para Resultados. Herramienta de planeación estratégica que en forma resumida, sencilla y armónica establece con claridad los objetivos del programa presupuestario y su alineación con aquellos de la planeación nacional y sectorial; incorpora los indicadores que miden los objetivos y resultados esperados; identifica los medios para obtener y verificar la información de los indicadores; describe los bienes y servicios a la sociedad, así como las actividades e insumos para producirlos; e incluye supuestos sobre los riesgos y contingencias que pueden afectar el desempeño del Programa. Persona educanda Es aquella persona de 15 años o más que se encuentra en rezago educativo y que accede a los servicios educativos gratuitos que brinda el INEA en alfabetización, primaria y secundaria, a través de los IEEA, UO del INEA y Plazas Comunitarias en el Exterior. (Persona Aspirante) Es la persona interesada en participar como persona voluntaria con subsidio, apoyando las tareas educativas que ofrece el INEA, a través de los IEEA y o UO del INEA. Persona voluntaria con subsidio (PVS) Es aquella persona física que de forma individual y voluntaria coadyuva en la atención educativa que ofrecen los IEEA, UO del INEA y Plazas Comunitarias en el Exterior y que por su participación puede ser susceptible a recibir un apoyo económico (que se registra presupuestalmente en el capítulo 4000) si cumple con los supuestos establecidos en los Lineamientos de Operación del Programa Servicios de Educación para Adultos (INEA). Plaza Comunitaria Espacio reconocido de manera institucional por el INEA, fijo o itinerante, que cuenta con mobiliario y conectividad necesaria para desarrollar los procesos de aprendizaje apoyándose en el uso de las tecnologías. Plaza Comunitaria en el Exterior Espacio destinado a ofrecer los servicios educativos del INEA fuera del territorio nacional, que operan por medio de personas, instituciones u organismos de los sectores público, privado y social, mediante la colaboración con el IME, quien a través de los consulados promueven y supervisan su funcionamiento. Sistema de Control Escolar (SCE) Sistema informático cuyo objetivo es llevar a cabo el control de la inscripción, reincorporación, acreditación, avance académico y certificación de las personas educandas de acuerdo al esquema curricular vigente en el INEA, además del registro de todas las personas que participan en la prestación de los servicios educativos del INEA. SEP Secretaría de Educación Pública de la APF. SHCP Secretaría de Hacienda y Crédito Público de la APF. SIBIPLAC Sistema Bitácora de Plazas Comunitarias.- Es un sistema de registro nacional y control electrónico de las actividades realizadas por personal institucional, personas voluntarias con subsidio, persona educanda y población abierta, en las Plazas Comunitarias. SINAPLAC Sistema Nacional de Plazas Comunitarias. Unidad de Operación del INEA Son las Oficinas que de manera desconcentrada son responsables de la operación de los servicios de educación que presta el Instituto en las Entidades Federativas donde se establecen y que no han participado en el Convenio de Coordinación para la Descentralización de los servicios educativos. Unidades Operativas Espacios físicos en donde se reúnen personas educandas a recibir servicios educativos del INEA y comprende los siguientes: Círculo de estudio, Punto de encuentro, Plaza Comunitaria, Plaza Comunitaria en el Exterior. Participación Social Es la intervención voluntaria de personas o de las instituciones u organismos del sector público, privado y social, interesadas en coadyuvar en la prestación de los servicios educativos que brindan los IEEA, UO del INEA y Plazas Comunitarias en el Exterior. 2. ANTECEDENTES En México, la educación básica (primaria y secundaria) ha llegado cada vez a más lugares con el tiempo. Sin embargo, muchas personas jóvenes de 15 años o más abandonan la escuela por diversas razones, y otras no saben leer ni escribir. La lucha por erradicar el analfabetismo en el país comenzó en la época post-revolucionaria. El censo de población de México en 1940 indicó que el país tenía 19 ' 653,552 habitantes, de los cuales 9 ' 411,075 no sabían leer ni escribir, lo que representaba el 48% de la población total. En respuesta a esta situación, el Gobierno publicó el 23 de agosto de 1944, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Ley de Emergencia para Iniciar la Campaña Nacional contra el Analfabetismo, que estableció como obligación para todo mexicano mayor de 18 años y menor de 60 que supiera leer y escribir en español, enseñar al menos a otro habitante de la república, abriendo camino al derecho de aprender a leer y escribir. Esta ley también estableció un tiraje de 10 millones de cartillas de alfabetización que fueron impresas y distribuidas entre 1944 y 1946. En 1965, las cartillas de alfabetización fueron reeditadas para apoyar los esfuerzos de alfabetización durante el sexenio de Gustavo Díaz Ordaz, y para 1970, el analfabetismo se había reducido al 25.8%. Luis Echeverría Álvarez publicó el 31 de diciembre de 1975 la Ley Nacional de Educación para Adultos, la cual estableció que la educación general básica para adultos formaría parte del Sistema Educativo Nacional y estaría destinada a los mayores de quince años que no hubieran cursado o concluido estudios de primaria o secundaria. Esta ley promovía el autodidactismo y la solidaridad social como medios adecuados para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura, así como para fortalecer la conciencia de unidad entre los diferentes sectores de la población. Para 1980, el analfabetismo se había reducido al 17%. Sin embargo, aún existía un sector de la población que, aunque sabía leer y escribir, no había tenido acceso a la educación primaria o secundaria, limitando así sus oportunidades de mejorar su calidad de vida. Es por eso que el 28 de agosto de 1981, José López Portillo creó el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA), como un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, adscrito a la Secretaría de Educación Pública, con personalidad jurídica y patrimonio propio. El INEA tenía como objetivo organizar e impartir educación para adultos y para aquellos que no se habían incorporado o habían abandonado el sistema educativo regular, ofreciendo servicios de alfabetización, educación primaria, secundaria, formación para el trabajo, y otros programas según lo determinaran las disposiciones legales aplicables, apoyándose en la participación y la solidaridad social, y preservando la unidad educativa nacional para que la educación básica de las personas jóvenes y adultas pudiera ser acreditada y certificada con validez en toda la República. En el año 2000, el INEA descentralizó sus Delegaciones convirtiéndolas en 30 Institutos Estatales, incluyendo la creación del Instituto Estatal para la Educación de los Adultos en el Estado de Baja California, el cual fue posteriormente extinto por Decreto del Gobierno del Estado. Las Delegaciones en la Ciudad de México y Nuevo León no fueron consideradas para iniciar su descentralización, y el Estado de México, Michoacán y Querétaro no concluyeron con la firma del convenio respectivo. La Delegación del INEA en el Estado de Guanajuato concluyó su proceso de descentralización en noviembre de 2012. Asimismo, en el año 2000, la estructura del INEA se conformó con ocho Direcciones de Área: la Unidad de Investigación, la Unidad de Información y Promoción, la Unidad de Asuntos Jurídicos, la Dirección de Contenidos, Métodos y Materiales, la Dirección de Participación Social y Concertación de Servicios, la Dirección de Formación de Personal Educativo, la Dirección de Planeación y Seguimiento Educativo, y la Dirección de Administración y Programación. Con el objetivo de mejorar la calidad de vida de los 36 millones de personas que aún no habían completado la educación primaria, Vicente Fox Quesada propuso la creación del Consejo Nacional de Educación para la Vida y el Trabajo. Este organismo fue establecido mediante un acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de febrero de 2002. En el año 2003, con la expedición del Reglamento Interno del Consejo Nacional para la Vida y el Trabajo, la estructura orgánica vigente del INEA estaba compuesta por la Dirección de Delegaciones, la Coordinación de Asesores, la Unidad de Asuntos Jurídicos, la Dirección Académica, la Dirección de Operación, la Dirección de Acreditación y Sistemas, la Dirección de Planeación y Evaluación, y la Dirección de Administración y Finanzas. En el año 2004, como parte de la política de compactación de estructuras, el INEA canceló diversas plazas de mando, fusionando la Dirección de Administración y Finanzas con la Dirección de Planeación y Evaluación para formar una sola Dirección. A principios de 2005, se autorizó la estructura integrada por las Direcciones de Delegaciones, Coordinación de Asesores, Unidad de Asuntos Jurídicos, Dirección Académica, Operación, Acreditación y Sistemas, y Planeación, Administración, Evaluación y Difusión. En el año 2012, el entonces Presidente firmó el Decreto para reformar el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos el 23 de agosto de 2012, con el objetivo de promover y facilitar que todas las personas mayores de quince años concluyeran su educación primaria y secundaria, así como de formarlos para la vida y el trabajo. En este período, se mantuvo una estructura orgánica que incluía seis Direcciones de Área: Dirección Académica, Dirección de Acreditación y Sistemas, Dirección de Planeación, Administración y Evaluación, Dirección de Proyectos Estratégicos, Dirección de Delegaciones, y Dirección de Asuntos Jurídicos. Además, se estableció una plaza presupuestal con nivel de Dirección de Área para el entonces Órgano Interno de Control. En el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, se incluyó como estrategia fundamental elevar la productividad para llevar a México a su máximo potencial, enfatizando la articulación de la educación, la ciencia y el desarrollo tecnológico para lograr una sociedad más justa y próspera. En 2013, debido a los recortes presupuestales, la Secretaría de la Función Pública, ahora Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno autorizó la estructura del INEA, cancelando la Dirección de Proyectos Estratégicos y creando con carácter de plaza eventual la Dirección de Concertación y Alianzas Estratégicas para alinear sus funciones con el Estatuto Orgánico del INEA. Para fines del sexenio y tras la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Estatuto Orgánico del INEA en 2016, se registró la estructura orgánica contemplando la separación de la Dirección de Planeación, Administración y Evaluación en dos nuevas Direcciones: la Dirección de Administración y Finanzas, y la Dirección de Prospectiva y Evaluación. Con el objetivo de cumplir con las disposiciones del Estatuto Orgánico recién aprobado, la Dirección de Delegaciones y Coordinación con los Institutos Estatales para la Educación de los Adultos fue convertida en una plaza eventual, la cual posteriormente se convertiría en la Dirección de Operación. Además de las direcciones mencionadas, la estructura autorizada en ese año incluía la Dirección Académica, la Dirección de Acreditación y Sistemas, la Dirección de Asuntos Jurídicos y la Dirección de Concertación y Alianzas Estratégicas, así como el entonces Órgano Interno de Control. En el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, el Presidente Andrés Manuel López Obrador propone ampliar la cobertura educativa en todos los niveles en el corto plazo. El objetivo es garantizar que todas las personas que deseen estudiar no se vean impedidas por falta de condiciones o de cupo en las instituciones educativas. Además, se destaca la urgencia de erradicar el analfabetismo y establecer un programa educativo y de estímulos laborales dirigido a personas mayores de 15 años que no han completado su educación básica, entre otras medidas. En 2020, el Instituto actualizó el Manual General de Organización para adecuar su estructura orgánica según lo establecido en el memorándum del 3 de mayo de 2019 emitido por el Gobierno Federal y en línea con el Estatuto Orgánico del 18 de octubre de 2019. Estas modificaciones incluyeron la transformación de la Dirección de Prospectiva y Evaluación en la Dirección de Prospectiva, Acreditación y Evaluación, así como la reestructuración de la Dirección de Administración y Finanzas como la Unidad de Administración y Finanzas. Además, se cambió la denominación de las Delegaciones a Unidades de Operación, mientras que las demás Unidades Administrativas del Instituto se mantuvieron sin cambios, al igual que el entonces Órgano Interno de Control. En 2021, para cumplir con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 y el Programa Sectorial de Educación 2020-2024, el Instituto inició el diseño de un nuevo modelo educativo que pudiera responder a las demandas actuales, resultando en el Acuerdo 18/08/22 que establece el nuevo Modelo de Educación para la Vida, AprendeINEA (MEV, AprendeINEA), publicado el 2 de septiembre de 2022 en el Diario Oficial de la Federación La modificación de la estructura del INEA en 2024 responde a la reforma de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la cual establece criterios para el diseño y la transformación de la estructura orgánica del INEA, asegurando que esté alineada y coherente con las atribuciones definidas en su Estatuto Orgánico, publicado en el Diario Oficial de la Federal 11 de septiembre de 2024. Se prevé que la Unidad de Administración y Finanzas supervise, entre otras funciones, los procesos de planeación de los recursos presupuestarios. En la Dirección de Prospectiva, Acreditación y Evaluación se reintegra la planeación institucional y la coordinación de los procesos de inscripción, acreditación y certificación. Además, se ajustan las denominaciones y funciones de las Subdirecciones de Área y Jefaturas de Departamento de la Dirección Académica. Se adoptan criterios en relación con los gabinetes de apoyo, modificando las funciones y la denominación de la Secretaria Particular de la Dirección General. Por último, la Dirección de Asuntos Jurídicos amplía sus atribuciones para incluir la Unidad de Transparencia y la implementación de políticas sobre igualdad de género y derechos humanos. El 17 de diciembre de 2025, el INEA actualizó su Manual General de Organización, derivado de la reducción de un 5% a su estructura orgánica, en particular en las plazas de mandos medios, con el propósito de alinear su estructura a la autorizada en materia de servicios personales. Como resultado de este ajuste la Dirección Académica, la Unidad de Administración y Finanzas y la Dirección de Operación, hicieron una redistribución de las funciones al interior de sus Unidades Administrativas de aquellas plazas que se cancelaron. El INEA ha recibido autorización para una pl antilla de personal de 1,082 plazas para el presente año, de las cuales el 91% están adscritas a las Unidades de Operación en la Ciudad de México y Nuevo León, así como en las áreas esenciales del Instituto. La importancia de estas plazas de estructura en las oficinas desconcentradas del Instituto es crucial, ya que estas unidades son responsables de ofrecer, impartir, acreditar y certificar servicios educativos gratuitos de educación básica para jóvenes y adultos. Estos servicios incluyen programas de alfabetización, primaria y secundaria dirigidos a personas de 15 años o más que se encuentran en situación de rezago educativo. En las oficinas centrales del INEA se han autorizado plazas eventuales de mando, cuyas responsabilidades son fundamentales para la operación del Instituto. Estas posiciones están encargadas de actividades sustantivas que afectan en la operación del INEA, como el diseño, elaboración y actualización de modelos pedagógicos y materiales de estudio para la educación de adultos, la coordinación de los Institutos Estatales y Unidades de Operación en el desarrollo de programas, proyectos, alianzas y estrategias nacionales. Además, estas plazas brindan apoyo en la formulación de políticas y normas para los procesos de registro, acreditación y certificación de los servicios educativos. Asimismo, se ocupan del desarrollo y difusión de estrategias que promueven una mayor participación y compromiso de los sectores público, privado y social, tanto a nivel nacional como internacional. 3. MISIÓN, VISIÓN Y OBJETIVOS MISIÓN Normar, promover, desarrollar y brindar servicios de alfabetización, educación primaria y secundaria; para la población joven, adulta y mayor observando los principios de equidad e igualdad, con la intención de que incrementen sus capacidades, eleven su calidad de vida y contribuyan a la construcción de una sociedad más justa, a través de la coordinación con el Gobierno de México, Gobiernos Estatales y Gobiernos Municipales. VISIÓN Somos una Institución pública que proporciona servicios de educación básica para jóvenes y adultos, así como formación permanente para la vida y el trabajo, con calidad, equidad y pertinencia, con base en la coordinación institucional y la solidaridad social, enfocada en mantener los índices de analfabetismo por debajo de los niveles aceptados internacionalmente y en contribuir al abatimiento del rezago educativo, para la mejora de las competencias de la población del país. OBJETIVO GENERAL Brindar servicios educativos de alfabetización, primaria y secundaria para personas de 15 años o más, para contribuir a la atención del rezago educativo, apoyándose en la participación social con enfoque de derechos humanos. OBJETIVOS ESPECIFICOS a) Atender a las personas jóvenes y adultas de 15 años o más que no saben leer ni escribir a través de servicios educativos de alfabetización. b) Atender a las personas jóvenes y adultas de 15 años o más que no han iniciado o concluido el nivel educativo de primaria. c) Atender a las personas jóvenes y adultas de 15 años o más que no han iniciado o concluido el nivel educativo de secundaria. d) Atender a las personas que forman parte de " grupos de atención prioritaria " que se encuentran en situación de rezago educativo: personas indígenas, personas con discapacidad y personas en contexto de movilidad. 4. MARCO JURÍDICO 1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 2. Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 3. Leyes · Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal vigente. · Ley Federal del Trabajo. · Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. · Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. · Ley General de Responsabilidades Administrativas. · Ley Federal de las Entidades Paraestatales. · Ley Federal del Derecho de Autor. · Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. · Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas. · Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. · Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos. · Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. · Ley de Planeación. · Ley General de Contabilidad Gubernamental. · Ley de Coordinación Fiscal. · Ley General de Educación. · Ley General de Archivos. · Ley General de Bienes Nacionales. · Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. · Ley del Impuesto al Valor Agregado. · Ley del Impuesto sobre la Renta. · Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción. · Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación. · Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. · Ley de Tesorería de la Federación. · Ley de Transición Energética. · Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. · Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. · Ley de Firma Electrónica Avanzada. · Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. · Ley General de Protección Civil. · Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. · Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas. · Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. · Ley Federal de Procedimiento Administrativo. · Ley Federal de Austeridad Republicana. · Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados. · Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos. · Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. · Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. · Ley de Migración. · Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político. · Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores. · Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal vigente. 4. Reglamentos · Reglamento de la Ley de Tesorería de la Federación. · Reglamento de la Ley de Transición Energética. · Reglamento de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. · Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. · Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. · Reglamento de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. · Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. · Reglamento del Código Fiscal de la Federación. · Reglamento de la Ley de Firma Electrónica Avanzada. · Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. · Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor. · Reglamento de la Ley General de Protección Civil. · Reglamento de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. · Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. · Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. 5. Decretos · Decreto por el que se reforma el diverso por el que se crea el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, publicado el 31 de agosto de 1981. · Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos y las acciones de disciplina presupuestal en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal. · Decreto por el que se establecen las medidas de austeridad que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal bajo los criterios que en el mismo se indican. 6. Acuerdos · Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones Generales en Materia de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal. · Acuerdo mediante el cual se expide el Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal. · Acuerdo por el que se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Financieros. · Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno. · Acuerdo que tiene por objeto emitir las políticas y disposiciones para la Estrategia Digital Nacional, en materia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, y en la de Seguridad de la Información, así como establecer el Manual Administrativo de Aplicación General en dichas materias. · Acuerdo por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción da a conocer la obligación de presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses conforme a los artículos 32 y 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. · Acuerdo por el que se establecen las bases generales para la rendición de cuentas de la Administración Pública Federal y para realizar la entrega-recepción de los asuntos a cargo de los servidores públicos y de los recursos que tengan asignados al momento de separarse de su empleo, cargo o comisión. · Acuerdo por el que la Secretaría de Energía aprueba y publica la actualización de la Estrategia de Transición para Promover el Uso de Tecnologías y Combustibles más Limpios, en términos de la Ley de Transición Energética. · Acuerdo que tiene por objeto emitir las Disposiciones Generales en las materias de Archivos y de Gobierno Abierto para la Administración Pública Federal y su Anexo Único. · Acuerdo número 02/04/17 por el que se modifica el diverso número 286 por el que se establecen los lineamientos que determinan las normas y criterios generales, a que se ajustarán la revalidación de estudios realizados en el extranjero y la equivalencia de estudios, así como los procedimientos por medio de los cuales se acreditarán conocimientos correspondientes a niveles educativos o grados escolares adquiridos en forma autodidacta, a través de le experiencia laboral o con base en el régimen de calificación referido a la formación para el trabajo. · Acuerdo mediante el cual se aprueban los Lineamientos Generales que establecen los criterios para el cumplimiento de las obligaciones de transparencia y acceso a la información a cargo de las personas físicas y morales que reciben y ejercen recursos públicos o realicen actos de autoridad. · Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se establecen las disposiciones en materia de recursos materiales y servicios generales. · Acuerdo por el que se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. · Acuerdo por el que se emite el Código de Ética de las personas servidoras públicas del Gobierno Federal. · Acuerdo por el que se modifica el diverso que determina como obligatoria la presentación de las declaraciones de situación patrimonial de los servidores públicos federales, por medios de comunicación electrónica, utilizando para tal efecto, firma electrónica avanzada. · Acuerdo por el que se expide el Reglamento Interno del Consejo Nacional de Educación para la Vida y el Trabajo. · Acuerdo por el que se modifica el diverso mediante el cual se crea el Consejo Nacional de Educación para la Vida y el Trabajo. · Acuerdo número 363 por el que se establece el Modelo Educación para la Vida y el Trabajo. · Acuerdo 08/22 por el que se establece el Modelo de Educación para la Vida, AprendeINEA, del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos. · Acuerdo 09/24 por el que se modifica el Modelo de Educación para la Vida, AprendeINEA, del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos. · Protocolo de actuación de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés en la atención de presuntos actos de discriminación. · Lineamientos para que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal celebren y registren como inversión los contratos de arrendamiento financiero. · Lineamientos generales para la evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal. · Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales para el Sector Público. · Lineamientos Generales para la regulación de los procedimientos de rendición de cuentas de la Administración Pública Federal. · Lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos. · Lineamientos que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para el control, la rendición de cuentas e informes y la comprobación del manejo transparente de los recursos públicos federales otorgados a fideicomisos, mandatos o contratos análogos. · Lineamientos generales para la clasificación y desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. · Disposiciones Administrativas de carácter general en materia de eficiencia energética en los inmuebles, flotas vehiculares e instalaciones industriales de la Administración Pública Federal 2020-2024. 7. Códigos · Código Civil Federal. · Código Federal de Procedimientos Civiles. · Código Penal Federal. · Código Nacional de Procedimientos Penales. · Código Fiscal de la Federación. · Código de Conducta del INEA. · Reglamentación · Estatuto Orgánico del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos. · Contrato Colectivo de Trabajo celebrado entre el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación para Adultos. · Reglamento de Ingreso y Promoción. · Lineamientos de Operación del Programa Servicios de Educación para Adultos (INEA). · Aviso por el que se da a conocer la suspensión de labores del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA). · Bases Generales para el Registro, Afectación, Disposición Final y Baja de Bienes Muebles del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos. · Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos. · Lineamientos por los que se Establece el Proceso de Calidad Regulatoria en el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos. · Manual del Procedimiento para la elaboración y actualización de Materiales Educativos. · Lineamientos de Control Escolar relativos a la Inscripción, Reincorporación, Acreditación y Certificación de Alfabetización, Primaria y Secundaria del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos. · Lineamientos para la administración de usuarios de acceso al sistema informático de control escolar. · Manual para la elaboración del Programa Anual Estatal de Formación (PAEF). · Procedimiento para el Levantamiento de Inventario Físico. · Procedimiento para el Alta de Bienes Muebles. · Manual de Procedimientos de Plazas Comunitarias. · Manual de integración y funcionamiento del comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del INEA. · Manual de Procedimientos para la Administración y Manejo del Almacén del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos. · Manual de Procedimientos de las Actividades Sustantivas de la Subdirección de Normatividad y Acreditación. · Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Bienes Muebles del INEA. 8. Tratados Internacionales · Declaración Universal de los Derechos Humanos. 5. ATRIBUCIONES DEL INEA DECRETO por el que se reforma el diverso por el que se crea el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, publicado el 31 de agosto de 1981. Diario Oficial de la Federación, 23 de agosto de 2012. OBJETO Artículo 2°. El Instituto Nacional para la Educación de los Adultos tendrá por objeto promover y realizar acciones para organizar e impartir la educación para adultos, a través de la prestación de los servicios de alfabetización, educación primaria, secundaria, la formación para el trabajo y los demás que determinen las disposiciones jurídicas y los programas aplicables, apoyándose en la participación y la solidaridad social. ATRIBUCIONES Artículo 3º. Para el cumplimiento de su objeto, el Instituto tendrá las siguientes: I. Promover, impartir y coordinar los servicios educativos para adultos de alfabetización, de educación primaria y secundaria, la formación para el trabajo y los demás que señalen las disposiciones jurídicas y los programas aplicables; II. Concertar apoyos para el desarrollo de sus actividades con instituciones públicas y privadas, nacionales y extranjeras, relacionadas con la educación para adultos; III. Diseñar y proponer a la autoridad educativa federal, con base en los planes y programas de estudio que determine ésta, los modelos en materia de educación para adultos y sus actualizaciones, acordes con la cultura y los avances científicos y tecnológicos en materia de enseñanza-aprendizaje; IV. Proponer a la Secretaría de Educación Pública las políticas y programas en materia de educación para adultos, así como la metodología de normas de inscripción, acreditación y certificación, en la esfera de su competencia; V. Promover la realización de estudios, proyectos de investigación, nuevos modelos y métodos pedagógicos, así como estrategias educativas específicas para elevar la calidad y eficiencia de los planes, programas y procesos destinados a la educación para adultos; VI. Acreditar los conocimientos de educación para adultos, en los niveles de estudio que promueve e imparte, así como expedir los certificados y certificaciones correspondientes; VII. Coadyuvar con el Consejo Nacional de Educación para la Vida y el Trabajo, en el establecimiento e instrumentación de sistemas y estructuras curriculares flexibles de inscripción, acreditación, certificación, equivalencia y revalidación de estudios y de competencia laboral, procurando lograr la mayor vinculación entre el sector productivo y el sector laboral del país; VIII. Promover el uso eficiente de sistemas informáticos y de telecomunicaciones, así como el mejor aprovechamiento de las redes de televisión, internet y cualquier avance tecnológico para la difusión, impartición y gestión de los servicios de educación para adultos; IX. Promover el establecimiento de espacios educativos abiertos a la comunidad, que cuenten con la infraestructura física y académica necesaria para la realización del proceso enseñanza-aprendizaje; X. Brindar asesoría a las instituciones y a las personas que presten servicios de educación para adultos; XI. Coordinarse con los institutos estatales de educación para adultos e instruir a las unidades de operación del propio Instituto, para que implementen políticas que incrementen el número de espacios educativos, de personas que participen a través de la solidaridad social y de especialistas en educación para adultos; que fomenten el diseño de nuevas estrategias educativas, así como para la aplicación de acciones de formación y actualización de los procesos de enseñanza-aprendizaje; XII. Difundir, en su esfera de competencia, la cultura de los sistemas abiertos, flexibles y a distancia, como medios propicios para incrementar las oportunidades de educación, formación continua y su vinculación con las actividades productivas; XIII. Evaluar permanentemente la pertinencia, calidad, eficiencia y el impacto de sus programas y modelos educativos; XIV. Elaborar, a propuesta del Consejo Nacional de Educación para la Vida y el Trabajo, el material didáctico de educación para la vida y el trabajo; XV. Promover en coordinación con la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Relaciones Exteriores, la prestación de servicios de educación para adultos mexicanos que residan en el extranjero, así como la cooperación técnica, docente y económica de organismos, agencias, instituciones y gobiernos de otros países, en la misma materia. El Instituto cuidará que en la atención a los mexicanos que residen en el extranjero, se considere un rubro específico acerca de la protección preventiva. Para tal efecto, el Instituto se coordinará con la Secretaría de Relaciones Exteriores para el diseño de los contenidos y rubros en esta materia con impacto en la vida diaria de los connacionales en el exterior; XVI. Coadyuvar con la Secretaría de Educación Pública, en el desarrollo y aplicación de medidas para establecer las condiciones pertinentes que permitan lograr la igualdad de oportunidades educativas de los mexicanos; XVII. Auxiliar al Ejecutivo Federal en el desarrollo y operación de los programas que le encomiende, por conducto de la Secretaría de Educación Pública, a fin de coadyuvar a la atención educativa en primaria y secundaria, de quienes no se incorporaron o abandonaron el sistema de educación regular, y XVIII. Las demás que sean necesarias para realizar las funciones anteriores, en los términos de las disposiciones legales aplicables. 6. ORGANIGRAMA GENERAL Y ESTRUCTURA ORGÁNICA Estructura orgánica
El Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, cuenta con una Oficina de Representación con las facultades y atribuciones contenidas en el artículo 76 del Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y demás normatividad aplicable. Estructura Funcional
Nota: 1/ Se refieren a plazas eventuales Estructura Funcional 1. Dirección General 1.0.1. Subdirección de Estrategia Institucional 1.1. Dirección Académica 1.1.1. Subdirección de Contenidos Educativos 1.1.1.1. Departamento de Elaboración y Seguimiento de Contenidos Educativos Básicos. 1.1.1.2. Departamento de Educación a Distancia y Aprendizajes Digitales. 1.1.1.3. Departamento de Elaboración y Seguimiento de Contenidos Educativos Diversificados. 1/Se refiere a Plaza Eventual 1.1.1.4. Departamento de Evaluación del Aprendizaje. 1/Se refiere a Plaza Eventual 1.1.2. Subdirección de Diseño de Materiales Educativos 1.1.2.1. Departamento de Diseño de Materiales Educativos. 1.1.2.2. Departamento de Aseguramiento de la Calidad de los Materiales Educativos. 1.1.2.3. Departamento de Calidad Editorial Educativa. 1/Se refiere a Plaza Eventual 1.1.3. Subdirección de Formación de Figuras Educativas y Seguimiento Académico. 1.1.3.1. Departamento de Programación y seguimiento de la Formación. 1.1.3.2. Departamento de Contenidos para la Formación de Figuras Educativas. 1.1.3.3. Departamento de Vinculación Académica. 1.1.3.4. Departamento de Elaboración de Materiales Educativos y Seguimiento a la Atención de Grupos Prioritarios. 1.1.3.5. Departamento de Elaboración de Materiales Educativos y Seguimiento a la Atención de Población Indígena. 1/Se refiere a Plaza Eventual 1.2. Dirección de Prospectiva, Acreditación y Evaluación 1.2.1. Subdirección de Prospectiva y Seguimiento. 1.2.1.1. Departamento de Seguimiento Institucional. 1.2.1.2. Departamento de Prospectiva Institucional. 1.2.2. Subdirección de Evaluación Institucional 1.2.2.1. Departamento de Evaluación de Programas. 1.2.2.2. Departamento de Seguimiento Operativo. 1/Se refiere a Plaza Eventual 1.2.3. Subdirección de Información y Estadística 1.2.3.1. Departamento de Análisis Estadístico. 1.2.3.2. Departamento de Estadística. 1.2.3.3. Departamento de Análisis de la Información. 1.2.4. Subdirección de Normatividad y Acreditación 1.2.4.1. Departamento de Administración de Certificados. 1.2.4.2. Departamento de Normatividad en Procesos de Control Escolar. 1/Se refiere a Plaza Eventual 1.2.4.3. Departamento Administración de Exámenes. 1/Se refiere a Plaza Eventual 1.3. Dirección de Concentración, Difusión y Asuntos Internacionales 1.3.0.1. Departamento de Imagen Institucional. 1.3.0.2. Departamento de Comunicación Digital. 1.3.0.3. Departamento de Información y Medios. 1/Se refiere a Plaza Eventual 1.3.1. Subdirección de Alianzas Estratégicas y Asuntos Internacionales 1.3.1.1. Departamento de Vinculación con el Sector Público. 1.3.1.2. Departamento de Vinculación con el Sector Privado y Social. 1.3.1.3. Departamento de Asuntos Internacionales y de Documentación. 1.3.1.4. Departamento de Coordinación con las Unidades de Operación. 1/Se refiere a Plaza Eventual 1.4. Dirección de Operación 1/Se refiere a Plaza Eventual 1.4.1. Subdirección de Operación Región A. 1.4.1.1. Departamento de Apoyo Institucional Región A. 1/Se refiere a Plaza Eventual 1.4.2. Subdirección de Operación Región B. 1.4.2.1. Departamento de Apoyo Institucional Región B. 1/Se refiere a Plaza Eventual 1.4.3. Subdirección de Operación Región C. 1.4.3.1. Departamento de Apoyo Institucional Región C. 1/Se refiere a Plaza Eventual 1.5. Dirección de Asuntos Jurídicos 1.5.1. Subdirección de lo Contencioso. 1.5.1.1. Departamento de lo Contencioso. 1.5.1.2. Departamento de Asuntos Laborales Colectivos. 1/ Se refiere a plaza eventual 1.5.1.3. Departamento de Asuntos Laborales Individuales. 1.5.2. Subdirección de lo Consultivo y Apoyo Institucional. 1.5.2.1. Departamento de Convenios, Contratos y Apoyo a comités. 1.5.2.2. Departamento de Igualdad de Género y Derecho Humanos. 1/Se refiere a Plaza Eventual 1.5.2.3. Departamento de Enlace en Materia de Transparencia y Acceso a la Información. 1.6. Unidad de Administración y Finanzas 1.6.1. Subdirección de Recursos Humanos. 1.6.1.1. Departamento de Admisión y Movimientos. 1.6.1.2. Departamento de Remuneraciones. 1.6.1.3. Departamento de Gestión Presupuestal de Servicios Personales. 1.6.1.4. Departamento de Formación y Desarrollo. 1/ Se refiere a plaza eventual 1.6.2. Subdirección de Recursos Materiales y Servicios 1.6.2.1. Departamento de Adquisiciones. 1.6.2.2. Departamento de Servicios Generales. 1.6.2.3. Departamento de Control Patrimonial. 1.6.3. Subdirección de Presupuesto y Recursos Financieros 1.6.3.1. Departamento de Programación y Presupuesto. 1.6.3.2. Departamento de Tesorería. 1.6.3.3. Departamento de Contabilidad. 1.6.3.4. Departamento de Control Presupuestal. 1.6.4. Subdirección de Recursos Tecnológicos 1.6.4.1. Departamento de Análisis, Diseño de Sistemas y Servicios de TIC´s. 1.6.4.2. Departamento de Desarrollo de Sistemas y Administración de Base de Datos. 1.6.4.3. Departamento de Soporte Técnico, Centro de Datos y Comunicaciones. 1.0.3. Unidad de Operación 1/ Se refiere a plaza eventual 1.0.3.1. Coordinador Regional. 1.0.3.2. Departamento de Planeación, Seguimiento Operativo y Acreditación. 1.0.3.3. Departamento de Servicios Educativos. 1.0.3.4. Departamento de Administración, Programación e Informática. 1.0.3.5. Coordinador de Zona. 8. FACULTADES Y FUNCIONES 1. DIRECCIÓN GENERAL Objetivo Planear, organizar y dirigir las políticas, estrategias y la concertación de acciones del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, procurando el óptimo aprovechamiento de sus recursos y el aumento de la eficacia y productividad en el logro de sus objetivos, de conformidad con las políticas que dicte el Ejecutivo Federal, la Junta de Gobierno y la Coordinadora Sectorial. Facultades (Artículo 16 Estatuto Orgánico) 1. Dirigir técnica y administrativamente al INEA. 2. Aprobar modelos pedagógicos, planes y programas de estudio, oferta curricular, métodos, contenidos, materiales, módulos de aprendizaje, cursos y acciones de diagnóstico, mejora de los servicios y modelos educativos para adultos, así como estrategias, metodologías y programas de investigación en dicha materia. 3. Autorizar y someter a la Junta de Gobierno, para su aprobación, las normas de los procesos de registro, acreditación, reconocimiento, revalidación y certificación de los servicios educativos. 4. Presentar a la Junta de Gobierno para su aprobación, la cancelación de adeudos a cargo de terceros y a favor del INEA, cuando se acredite la imposibilidad práctica de su cobro. 5. Proponer a la Junta de Gobierno el nombramiento de las personas servidoras públicas que ocupen los cargos con las dos jerarquías inmediatas inferiores a la Dirección General. 6. Acordar los nombramientos del personal del INEA y ordenar su expedición, así como resolver sobre las proposiciones que las personas servidoras públicas hagan para la designación del personal de confianza y creación de plazas. 7. Presentar a la Junta de Gobierno, para su aprobación, los reglamentos, manual general de organización, así como los instrumentos normativos que regulen al INEA y que sean competencia de la misma. 8. Establecer la agenda de cooperación internacional del INEA y promover las relaciones con instituciones públicas y privadas, nacionales y extranjeras. 9. Informar, siempre que sea requerido para ello por las Cámaras que integran el Congreso de la Unión, cuando se discuta un proyecto de Ley o se estudie un asunto del ámbito de competencia del INEA. 10. Proponer a la Junta de Gobierno el establecimiento de las Unidades Administrativas del INEA. 11. Establecer las instancias de asesoría, de coordinación y de consulta que se estimen necesarias para el adecuado funcionamiento del INEA. 12. Celebrar y suscribir convenios de colaboración inherentes a los objetivos institucionales. 13. Proponer a la Junta de Gobierno los nombramientos de los Titulares de las Unidades de Operación del INEA. 14. Suscribir las constancias de alfabetización, así como los certificados y certificaciones de primaria y secundaria, e instruir su firma, cuando proceda en términos de la normatividad aplicable. 15. Establecer políticas y directrices para el proceso interno de planeación, programación, presupuestación y evaluación del ejercicio presupuestal del INEA, así como los mecanismos para medir la gestión institucional; y 16. Realizar todas aquellas que le señalen otras leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones legales. 1.0.1. SUBDIRECCIÓN DE ESTRATEGIA INSTITUCIONAL Objetivo Proporcionar a la persona titular de la Dirección General del INEA, las recomendaciones y propuestas en los temas prioritarios, con el propósito de que cuente con información suficiente y necesaria para la definición de estrategias y políticas institucionales. Funciones 1. Asesorar a las áreas del INEA en la elaboración de propuestas de planes y programas institucionales y coordinar el proceso ante la persona titular de la Dirección General. 2. Analizar y evaluar planes, programas y actividades institucionales en los que intervengan diversas áreas del INEA; emitiendo las propuestas que permitan al INEA cumplir sus objetivos. 3. Analizar los informes y documentos que le asigne la persona titular de la Dirección General, incorporando los comentarios, las mejoras y las recomendaciones pertinentes. 4. Desarrollar los procedimientos de análisis, validación e integración de informes y documentación institucional, relacionados con los temas prioritarios asignados por la persona t itular de la Dirección General. 5. Aprobar ponencias, informes y documentos para la participación institucional de la Dirección General en eventos al interior y exterior del INEA. 6. Dirigir y dar seguimiento a expedientes y gestiones que serán presentados por la dirección general del INEA ante diversas instancias, tales como Junta de Gobierno, Comité de Control y Desempeño Institucional y otros órganos colegiados en los que participa INEA, así como del avance programático presupuestal. 7. Coordinar la atención de acuerdos, observaciones, compromisos y requerimientos en los que intervengan más de un área del INEA en los temas que determine la Dirección General. 8. Diseñar mecanismos para la actualización y mejora de las estrategias institucionales, para alinearlas en beneficio de la educación para los adultos. 9. Las demás funciones que le establezcan en las disposiciones normativas aplicables, y aquellas que le encargue específicamente la Dirección General para el logro de los objetivos de la misma. 1.1. DIRECCIÓN ACADÉMICA Organigrama
1/ Se refieren a plazas eventuales FACULTADES Y FUNCIONES DIRECCIÓN ACADÉMICA Objetivo Coordinar el diseño, desarrollo y actualización del Modelo educativo, estructura curricular y la oferta de atención para personas jóvenes y adultas, así como la elaboración y actualización de los métodos, contenidos, materiales didácticos; desarrollo de evaluaciones con fines de investigación y seguimiento a los proyectos educativos, con el objeto de garantizar la existencia de una oferta educativa nacional, pública, pertinente y de calidad para la alfabetización, primaria y secundaria; desarrollar e implementar estrategias, acciones y materiales para la formación y certificación de competencias de las figuras institucionales y voluntarias que participan en los procesos educativos. Facultades (Artículo 21 Estatuto Orgánico) 1. Establecer la política educativa de atención a personas jóvenes y adultas que atiende el INEA a través de los Institutos Estatales y Unidades de Operación. 2. Dirigir el diseño y actualización del modelo educativo, la evaluación del aprendizaje y la oferta educativa, acorde a las necesidades e intereses de las personas jóvenes y adultas. 3. Coordinar la elaboración y actualización de estrategias de atención educativa, de los materiales y herramientas didácticas con las que se acompañan los procesos de alfabetización, primaria y secundaria. 4. Dirigir las actualizaciones a los contenidos, de la oferta educativa a distancia. 5. Establecer el marco normativo en materia de evaluación del aprendizaje aplicable a los materiales educativos. 6. Definir los instrumentos, metodologías, y procesos de evaluación de los aprendizajes de la oferta educativa. 7. Definir la política de inclusión educativa para la atención a grupos prioritarios. 8. Establecer estrategias para favorecer el acceso, atención, permanencia y continuidad educativa de los grupos de atención prioritaria que atiende el INEA. 9. Dar seguimiento a las estrategias educativas diferenciadas para favorecer el acceso, atención, permanencia y continuidad educativa de los grupos de atención prioritaria. 10. Autorizar la elaboración, adaptación y ajustes a los materiales educativos para la atención a grupos de atención prioritaria que atiende el INEA. 11. Instruir la realización de diagnósticos, investigaciones y estudios en materia de educación para personas jóvenes y adultas para fortalecer los servicios educativos que ofrece el INEA. 12. Establecer mecanismos para la evaluación de proyectos y materiales educativos para el fortalecimiento del modelo educativo vigente y los servicios educativos del INEA. 13. Emitir dictámenes y opiniones técnicas sobre propuestas presentadas con relación a los materiales y proyectos en materia de educación para personas jóvenes y adultas. 14. Emitir la normatividad y criterios relativos a la formación de figuras educativas para el fortalecimiento de la atención. 15. Coordinar la atención y seguimiento a los proyectos de formación para contribuir a la mejora de las actividades educativas del INEA. 16. Autorizar el programa de formación dirigido a las figuras educativas y personas que apoyan la prestación de los servicios educativos. 17. Evaluar los resultados, de la formación para orientar las acciones que favorezcan la mejora de la atención educativa. 18. Dirigir los procesos de certificación y evaluación de competencias de la Entidad de Certificación y Evaluación del INEA. 19. Coordinar los procesos de capacitación para certificación de competencias del personal institucional, personas que apoyan los servicios educativos y las personas que los soliciten. 20. Definir la estrategia de edición y producción de materiales educativos. 21. Supervisar la producción de los materiales educativos, y 22. Las demás que le establezcan la Junta de Gobierno, la Dirección General y las disposiciones aplicables. 1.1.1. SUBDIRECCIÓN DE CONTENIDOS EDUCATIVOS Objetivo Elaborar, diseñar, actualizar y dar seguimiento a contenidos educativos de la modalidad no escolarizada, presencial y a distancia, mediante la cual se brinda la atención educativa de alfabetización, primaria y secundaria, en la vertiente hispanohablante, para garantizar la pertinencia y calidad de los procesos educativos de las personas educandas. Funciones 1. Colaborar en acciones destinadas a la definición de líneas de política educativa con la participación de especialistas de instancias públicas y privadas en materia de educación con personas jóvenes y adultas. 2. Determinar el diseño y actualización de enfoque, criterios y especificaciones técnico educativas que orienten la evaluación del aprendizaje de contenidos básicos y diversificados, así como de la oferta educativa hispanohablante. 3. Coordinar la elaboración y actualización de módulos básicos y diversificados, de materiales educativos dirigidos a la atención de la población hispanohablante. 4. Implementar las mejoras tecnológicas y actualizaciones que favorezcan la funcionalidad de la plataforma de la oferta educativa a distancia para favorecer aprendizaje y el desarrollo de capacidades digitales. 5. Gestionar y dar seguimiento ante las áreas responsable a requerimientos relacionados con el soporte tecnológico necesario para el funcionamiento adecuado de los proyectos educativos con recursos digitales. 6. Diseñar e implementar procedimientos que favorezcan la interlocución con las áreas responsables del desarrollo y seguimiento, de la oferta educativa a distancia para facilitar la evaluación, actualización y mejora permanente de los contenidos educativos básicos y diversificados. 7. Coordinar los procesos de seguimiento, evaluación y sistematización a la implementación de materiales educativos de la oferta educativa hispanohablante. 8. Coordinar el desarrollo de estrategias, herramientas y materiales encaminados a fortalecer e innovar la práctica educativa y su acompañamiento para favorecer procesos de aprendizajes, así como la continuidad educativa de las personas educandas. 9. Participar en el seguimiento de la oferta educativa de alfabetización, primaria y secundaria, presencial y a distancia, para la atención de población hispanohablante. 10. Coordinar acciones de vinculación con los Institutos Estatales y Unidades de Operación orientadas al desarrollo y fortalecimiento de capacidades, conocimientos y usos de las Tecnologías de la Información, Comunicación, Conocimiento y Aprendizajes Digitales. 11. Llevar a cabo estrategias y proyectos de investigación, intercambio y cooperación institucional e interinstitucional para fortalecer la oferta educativa de contenidos diversificados hispanohablante y los proyectos institucionales en la materia. 12. Emitir opiniones técnicas y dictámenes sobre contenidos, materiales, estudios, cursos y proyectos en los ámbitos de competencia de la Subdirección. 13. Detectar contenidos básicos y diversificados para apoyar la elaboración y actualización de contenidos y materiales para la formación de las personas que apoyan los servicios educativos del INEA. 14. Colaborar en la definición de rasgos de estándares de desempeño para apoyar procesos de certificación relacionados con contenidos bás
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