NICSP 2

Artículo 22. NICSP 2 — Aplicación Párrafo 22

Texto Legal

Los flujos de efectivo procedentes de las actividades de operación se derivan fundamentalmente de las transacciones que constituyen la principal fuente de generación de efectivo de la entidad. Ejemplos de flujos de efectivo por actividades de operación son los siguientes: (a) cobros en efectivo procedentes de impuestos, gravámenes y multas; (b) cobros en efectivo en concepto de cargos por bienes y servicios suministrados por la entidad; (c) cobros en efectivo procedentes de subvenciones o transferencias y otras asignaciones o dotaciones presupuestarias hechas por el gobierno central o por otras entidades del sector público; (d) cobros en efectivo procedentes de regalías, cuotas, comisiones y otros ingresos de actividades ordinarias; (da) pagos en efectivo a beneficiarios de los planes de beneficios sociales; (e) pagos en efectivo a otras entidades del sector público para financiar sus operaciones (sin incluir los préstamos); (f) pagos en efectivo a proveedores por el suministro de bienes y servicios; (g) pagos en efectivo a y por cuenta de los empleados; (h) cobros y pagos en efectivo de las entidades de seguros por primas y prestaciones, anualidades y otros beneficios de las pólizas; (i) pagos en efectivo en concepto de los impuestos locales a la propiedad o impuestos a la renta (según proceda) en relación con las actividades de operación; (j) cobros y pagos en efectivo derivados de contratos que se tienen para intermediación o para negociar con ellos; (k) cobros o pagos en efectivo procedentes de operaciones discontinuadas; y (l) cobros o pagos en efectivo derivados de resolución de litigios. Algunas transacciones, tales como la venta de un elemento de propiedades, planta y equipo, pueden dar lugar a una ganancia o pérdida que se incluirá en el resultado (ahorro o desahorro). Los flujos de efectivo relacionados con estas transacciones son flujos de efectivo procedentes de actividades de inversión. Sin embargo, los pagos para construir o adquirir activos mantenidos para arrendar a terceros, que posteriormente se clasifiquen como mantenidos para la venta en los términos descritos en el párrafo 68 de la NICSP 45, Propiedades, Planta y Equipo son flujos de efectivo procedentes de actividades de operación. Los cobros por el arrendamiento y posterior venta de esos activos también se considerarán como flujos de efectivo procedentes de actividades de operación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 22 del NICSP 2?

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