NICSP 2

Artículo 30. NICSP 2 — Aplicación Párrafo 30

Texto Legal

En el método indirecto, el flujo neto por actividades de operación se determina corrigiendo el resultado (ahorro o desahorro) del periodo procedente de actividades ordinarias por los efectos de: (a) los cambios habidos durante el periodo en los inventarios y en las partidas por cobrar y por pagar; (b) las partidas distintas al efectivo, tales como depreciación, provisiones, impuestos diferidos, pérdidas y ganancias en moneda extranjera no realizadas, resultados (ahorros) no distribuidos provenientes de asociadas, y participaciones no controladoras; y (c) cualquier otra partida cuyos efectos monetarios se consideren flujos de efectivo de inversión o financiación. (d) [Eliminado] Información sobre flujos de efectivo de las actividades de inversión y financiación

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 30 del NICSP 2?

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