NICSP 24

Artículo 32. NICSP 24 — Aplicación Párrafo 32

Texto Legal

La comparación de los importes presupuestados y reales se presentará con las mismas bases contables [base de acumulación (o devengo), efectivo u otra base], con la misma base de clasificación y para las mismas entidades y periodo que el presupuesto aprobado. Esto asegurará que la información revelada sobre el cumplimiento del presupuesto en los estados financieros está en la misma base que el propio presupuesto. En algunos casos, esto puede implicar presentar una comparación entre el presupuesto y lo realizado con diferentes bases de contabilización, para diferentes grupos de actividades y diferente presentación o formato de clasificación que los adoptados para los estados financieros.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 32 del NICSP 24?

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