NICSP 47

Artículo 101L. NICSP 47 — Párrafo 101L

Texto Legal

Los párrafos 13, 78 y 81 fueron modificados por la NICSP 47, emitida en mayo de 2023. Una entidad aplicará estas modificaciones para los estados financieros anuales que cubran periodos que comiencen a partir del 1 de enero de 2026. Se aconseja su aplicación anticipada. Si una entidad aplicase las modificaciones para un periodo que comience antes del 1 de enero de 2026, revelará este hecho y al mismo tiempo aplicará la NICSP 47. Modificaciones a la NICSP 17, Propiedades, Planta y Equipo Se modifican los párrafos 83A, 84 y 87 y se añade el párrafo 107T. El texto nuevo ha sido subrayado y el texto eliminado ha sido tachado. Baja en cuentas

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 101L del NICSP 47?

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