NICSP 47

Artículo 135. NICSP 47 — Párrafo 135

Texto Legal

Cada entidad considerará la naturaleza de sus operaciones y las políticas que los usuarios de sus estados financieros esperarían que se revelasen para ese tipo de entidad. Por ejemplo, de las entidades del sector público debería esperarse que revelen su política contable de reconocimiento de impuestos, donaciones y otras formas de ingresos sin contraprestación. Cuando una entidad tenga un número significativo de negocios en el extranjero o transacciones en moneda extranjera, debería esperarse que informe acerca de las políticas contables seguidas para el reconocimiento de pérdidas y ganancias por diferencias de cambio. Cuando se produzca una combinación de negocios, se revelarán las políticas utilizadas para la medición de la plusvalía y de las participaciones no controladoras. Fecha de vigencia

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 135 del NICSP 47?

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