NICSP 47

Artículo FC103. NICSP 47 — Párrafo FC103

Texto Legal

Aunque una entidad tenga la capacidad de exigir el cumplimiento de su acuerdo vinculante, un cambio en los factores internos o externos, como la decisión de la entidad de ejercer parcial o totalmente su capacidad de exigir el cumplimiento, puede tener implicaciones contables. Estos factores pueden variar en función de la relación con la otra parte o partes en el acuerdo vinculante, consideraciones jurisdiccionales, circunstancias específicas posteriores a la suscripción inicial del acuerdo vinculante u otras consideraciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo FC103 del NICSP 47?

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