Como parte del desarrollo de la NICSP 46, Medición, el IPSASB decidió que, en el caso de activos no monetarios en el alcance de la NICSP 45, Propiedades, Planta y Equipo, mantenidos por su capacidad operativa, el costo atribuido debe aclararse para incluir el valor operativo actual. El IPSASB estuvo de acuerdo en requerir el uso del valor operativo actual en la medición inicial cuando el precio de transacción no refleje fielmente la esencia de la transacción para las propiedades, planta y equipo mantenidos por su capacidad operativa. Mientras que el valor razonable sigue representando fielmente el valor para la entidad del sector público de las propiedades, planta y equipo mantenidas por su capacidad financiera, el valor operativo actual representa fielmente el valor de las mantenidas por su capacidad operativa.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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