NICSP 47

Artículo FC19. NICSP 47 — Aplicación Párrafo FC19

Texto Legal

El IPSASB concluyó que los activos que surgen de los ingresos de transacciones sin contraprestación podrían cumplir estos requerimientos. En particular, destacó que la naturaleza de los acuerdos con donantes puede ser contractual en esencia, y pueden liquidarse transfiriendo efectivo u otro activo financiero del donante al receptor. En estos casos, los activos que surgen de los ingresos de transacciones sin contraprestación eran activos financieros.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo FC19 del NICSP 47?

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