NICSP 47

Artículo 146. NICSP 47 — Párrafo 146

Texto Legal

Una entidad asignará un cambio en la contraprestación de la transacción enteramente a una o más, pero no a todas, las obligaciones de cumplimiento o a bienes o servicios distintos de una serie que forme parte de una única obligación de cumplimiento de conformidad con el párrafo 68(b) solo si se cumplen los criterios del párrafo 142 sobre la asignación de la contraprestación variable.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 146 del NICSP 47?

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