La mayoría de quienes respondieron al PN 70 y al PN 71 apoyaron el uso y el concepto de acuerdos vinculantes en el sector público. Considerando los comentarios de los interesados, el IPSASB también destacó que, si bien los ingresos sin obligaciones de desempeño y los ingresos con obligaciones de desempeño difieren en esencia económica, se espera que estos últimos constituyan un subconjunto muy pequeño de las transacciones del sector público y que la existencia de un acuerdo vinculante sea de mayor importancia en la contabilidad de los ingresos. Así pues, el IPSASB decidió mantener el concepto de acuerdo vinculante como concepto fundamental para la contabilización de ingresos.
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