NICSP 47

Artículo 28. NICSP 47 — Párrafo 28

Texto Legal

En la medida en que un proveedor de servicios tenga inventarios, los medirá por los costos que suponga su producción, [excepto en los casos recogidos en el párrafo 2(d)]. Estos costos se componen fundamentalmente de mano de obra y otros costos del personal directamente involucrado en la prestación del servicio, incluyendo personal de supervisión y otros costos indirectos atribuibles. No se incluyen los costos de mano de obra que no intervienen en la prestación del servicio. La mano de obra y los demás costos relacionados con las ventas, así como el personal de administración general, no se incluyen en el costo de los inventarios, se reconocen como gastos del periodo en el que se hayan incurrido. Los costos de los inventarios de un proveedor de servicios no incluirán márgenes de ganancia ni costos indirectos no atribuibles que, a menudo, se tienen en cuenta en los precios facturados por el proveedor de servicios. [Eliminado] Valor realizable neto

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 28 del NICSP 47?

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