Para asignar la contraprestación de la transacción a cada obligación de cumplimiento sobre la base del valor independiente relativo, una entidad determinará el valor independiente al inicio del acuerdo vinculante del bien o servicio distinto subyacente a cada obligación de cumplimiento en el acuerdo vinculante y asignará la contraprestación de la transacción en proporción a esos valores independientes.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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