El IPSASB también destacó que las transacciones que no son acuerdos vinculantes no son automáticamente no exigibles. Por ejemplo, ciertas multas e impuestos no son acuerdos vinculantes porque carecen de exigibilidad bidireccional, pero estas transacciones siguen siendo exigibles por la autoridad que impone las multas o los impuestos. Aplicaciones presupuestarias
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