NICSP 47

Artículo FC78. NICSP 47 — Párrafo FC78

Texto Legal

El IPSASB indicó que el título y la estructura del Paso 1 del modelo de cinco pasos propuesto en el PN 70, anteriormente titulado "Identificación del acuerdo vinculante", causaba confusión a algunos interesados. Los criterios del párrafo 56 no pretenden identificar si un acuerdo es vinculante; una entidad debe identificar un acuerdo vinculante evaluando si un acuerdo cumple la definición de acuerdo vinculante. Más bien, una entidad debe considerar los criterios del párrafo 56 cuando determine si los ingresos de un acuerdo vinculante deben contabilizarse utilizando el modelo contable en cinco pasos de la NICSP 47. El IPSASB decidió reordenar la guía normativa sobre acuerdos vinculantes y aclarar cuándo debe considerarse el modelo contable en cinco pasos al contabilizar las transacciones de ingresos procedentes de acuerdos vinculantes. Probabilidad de recaudación de la contraprestación a la que tiene derecho una entidad [párrafo 56(e)]

Preguntas Frecuentes

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