El IPSASB destacó que la aplicación de los párrafos 56(e), 58, y GA37conduciría a los siguientes resultados posibles, y consideró las implicaciones contables y de información a revelar de los resultados cuando se apliquen los requerimientos de esta Norma: (a) Se cumple el criterio 56(e) y no hay problemas de recaudación - En este escenario, el acuerdo vinculante se contabilizará utilizando el modelo contable en cinco pasos y no se requerirá información a revelar específica sobre las transacciones obligadas. Como requiere el párrafo 57, si los hechos y circunstancias han cambiado significativamente desde la evaluación inicial, se requiere que la entidad vuelva a evaluar si el acuerdo vinculante sigue cumpliendo todos los criterios del párrafo 56. (b) El criterio 56(e) se cumple, pero solo después de que la contraprestación de la transacción se haya reducido por la concesión implícita del precio, como se destaca en el párrafo GA37 — En este escenario, el acuerdo vinculante se contabilizará utilizando el modelo contable en cinco pasos, pero con la contraprestación de la transacción reducida. El párrafo 171 requerirá requerimientos específicos de información sobre las transacciones obligatorias (véase el párrafo FC110 siguiente). De forma similar al escenario del párrafo FC88(a), si los hechos y circunstancias han cambiado significativamente desde la evaluación inicial, la entidad está requerida por el párrafo 57 a volver a evaluar si el acuerdo vinculante continúa cumpliendo todos los criterios del párrafo 56. (c) No se cumple el criterio 56(e), y la entidad ha recaudado una parte de la contraprestación —Este escenario puede surgir cuando no hay suficiente información para formular una expectativa de los importes a recaudar o cuando no hay un patrón discernible de recaudación basado en la historia pasada. En este escenario, el párrafo 58 requiere que la entidad continúe reevaluando si el acuerdo vinculante cumple todos los criterios del párrafo 56. Cualquier contraprestación recibida está sujeta a los criterios de reconocimiento de ingresos de los párrafos 58 y 86. El párrafo 171, exigirá requerimientos específicos de información sobre las transacciones obligatorias. (d) No se cumple el criterio 56(e) y no se ha recaudado la contraprestación — En este escenario, el 58 requiere que la entidad continúe reevaluando si el acuerdo vinculante cumple todos los criterios del párrafo 56. El párrafo 171, exigirá requerimientos específicos de información sobre las transacciones obligatorias. Basándose en lo anterior, el IPSASB quedó satisfecho de que los párrafos 58, 171, FC87GA37, y abordan las preocupaciones analizadas en los párrafos FC84, FC87, y FC110. Infracción de los términos y condiciones de un acuerdo vinculante
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo