ley-17336-propiedad-intelectual

Artículo 71 G.

Texto Legal

Artículo 71 G. En las obras de arquitectura, el autor no podrá impedir la introducción de modificaciones que el propietario decida realizar, pero podrá oponerse a la mención de su nombre como autor del proyecto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 71 G del ley-17336-propiedad-intelectual?

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