— El derecho de propiedad de una marca se extingue: a) por renuncia de su titular; b) por vencimiento del término de vigencia, sin que se renueve el registro; c) Por la declaración de nulidad o caducidad del registro. (Inciso sustituido por art. 72 de la Ley N° 27.444 B.O. 18/6/2018)
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