ley-22362-marcas-ar

Artículo 8.

Texto Legal

El derecho de prelación para la propiedad de una marca se acordará por el día y la hora en que se presente la solicitud, sin perjuicio de lo establecido en los tratados internacionales aprobados por la República Argentina.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 8 del ley-22362-marcas-ar?

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 8 del ley-22362-marcas-ar?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 8 ley-22362-marcas-ar desde tu celular